S
SVPT · Sistema de Valoración de Puestos de Trabajo
Sistema que asigna un valor a cada puesto en base a criterios objetivos (cualificación, esfuerzo, responsabilidad, condiciones), permitiendo identificar puestos de igual valor para aplicar el principio de "igual retribución por trabajo de igual valor". Debe tener perspectiva género.
Aplica a
¿A quién aplica?
Empresas con Plan de Igualdad obligatorio (50+ emp). También necesario para la Auditoría Retributiva y para defender la equidad retributiva ante inspección.
Frecuencia
Cada cuánto
Revisión cuando se actualice el Plan de Igualdad o el convenio aplicable.
Cumplimiento
Cómo se cumple
01
Identificar todos los puestos de trabajo de la empresa
02
Aplicar los 4 factores universales: cualificación (formación + experiencia), esfuerzo (físico + mental), responsabilidad, condiciones de trabajo
03
Cada factor con varios subfactores (la herramienta oficial PCM/1047/2022 tiene 16 subfactores)
04
Sin sesgo de género: revisar que los subfactores no sobrevaloran características masculinizadas
05
Asignar puntos por puesto y agrupar en categorías de "igual valor"
06
Comparar retribución dentro de cada grupo de puestos de igual valor
07
Si hay diferencia retributiva por sexo en puestos de igual valor, hay que justificar objetivamente o corregir
Sanción si no cumples
Si no se tiene SVPT en empresa obligada a Auditoría Retributiva, sanción LISOS art. 8.17 hasta 187.515€.
Dudas frecuentes
Preguntas habituales
¿Tengo que usar la herramienta oficial PCM/1047/2022?
No es estrictamente obligatorio usar la herramienta concreta del Ministerio, pero sí debes usar un sistema con perspectiva género conforme RD 902/2020 art. 4. La herramienta oficial es la opción más segura.
¿Diferencia entre SVPT y clasificación profesional?
La clasificación profesional viene del convenio (grupos profesionales). El SVPT añade puntos cuantitativos a cada puesto dentro y entre grupos, permitiendo comparar.