Las dos modalidades de Incapacidad Temporal que debes diferenciar
La Incapacidad Temporal (IT) cubre la situación en que el trabajador está imposibilitado para trabajar por enfermedad o accidente, percibiendo asistencia sanitaria. Pero hay dos modalidades con tratamientos muy distintos:
- IT por enfermedad común o accidente no laboral · gestionada por el INSS (Instituto Nacional Seguridad Social) o por la mutua si la empresa tiene cobertura concertada. Carencia mínima de 180 días cotizados en los 5 años anteriores.
- IT por accidente de trabajo o enfermedad profesional · siempre gestionada por la mutua de accidentes. NO requiere periodo de carencia. Prestación más alta y cobertura desde el primer día.
Plazos críticos · si los incumples hay recargo
Los plazos para gestionar una baja IT son cortos y específicos. Conocerlos te ahorra recargos automáticos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS):
- Parte de baja inicial · El trabajador debe entregarlo a la empresa en 3 días desde su expedición por el médico. La empresa tiene 3 días hábiles desde recepción para tramitarlo telemáticamente al INSS vía Sistema RED.
- Partes de confirmación · Cada 7 días los primeros 3 partes (semanas 1, 2, 3). Después cada 14 días. La empresa los tramita en plazos iguales (3 días desde recepción).
- Parte de alta · Trabajador lo entrega en 24h. Empresa tramita en 3 días hábiles.
- Accidente de trabajo · Comunicación a mutua y registro Delt@ (sistema declaración accidentes) en 24h si causó baja, 5 días si no.
Cómo se calcula la prestación que cobra el trabajador
La prestación económica de IT no es un porcentaje fijo de la nómina. Varía según modalidad, duración y régimen del trabajador. Para los casos más habituales:
- Enfermedad común · días 1-3 · El trabajador NO cobra nada (cargo a su disponibilidad), salvo que el convenio mejore. Empresa no paga.
- Enfermedad común · días 4-15 · 60% de la base reguladora, pagado por la empresa (con derecho a deducir de cotizaciones).
- Enfermedad común · días 16-20 · 60% de la base reguladora, pagado por INSS o mutua.
- Enfermedad común · día 21 en adelante · 75% de la base reguladora, pagado por INSS o mutua.
- Accidente de trabajo · desde día 1 · 75% de la base reguladora, pagado por la mutua.
Duración máxima de la IT y qué pasa si se alarga
La IT no es indefinida. Tiene plazos máximos legales con consecuencias específicas:
- Hasta 365 días · IT en su régimen ordinario. Empresa mantiene contrato, paga cuotas, no puede despedir por la baja.
- Días 365-545 · Prórroga expresa por el INSS o el ICAM. Se evalúa si procede curación, agravación, propuesta de incapacidad permanente.
- Día 546 en adelante · Solo se prolonga si hay propuesta de evaluación por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Cualquier prolongación más allá requiere resolución expresa.
- Día 730 · automática · Se extingue la IT por agotamiento. Se evalúa incapacidad permanente. Si se reconoce, el contrato puede extinguirse (con derecho a indemnización si la IP es absoluta o gran invalidez).
Cómo AIM ONE te ayuda a gestionar bajas IT sin perder partes
El módulo de Bajas IT en AIM ONE resuelve los tres dolores más comunes:
- Alertas automáticas de plazos · cuando un trabajador entrega un parte, el sistema te avisa de cuándo expira el plazo de tramitación y te recuerda los partes de confirmación esperados.
- Cálculo automático de prestaciones · al introducir la base reguladora y la modalidad, calcula lo que cobra el trabajador cada tramo (días 1-3, 4-15, 16-20, 21+).
- Integración con convenio · si tu convenio colectivo mejora las prestaciones, el sistema lo aplica automáticamente al cálculo.
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