Las dos calificaciones que cambian el resultado

Cuando un despido llega a juzgado, el juez puede calificarlo de tres maneras: procedente, improcedente o nulo. La diferencia económica y operativa entre los dos últimos es enorme.

Saberla antes de despedir te ahorra litigios y dinero.

  • Procedente · cumple la causa alegada (disciplinario válido, objetivo válido). Sin indemnización (salvo objetivo: 20 días/año).
  • Improcedente · la causa alegada no se prueba, pero no hay vulneración de derechos fundamentales. 33 días por año (contratos desde feb 2012) o 45 días (anteriores). Máximo 24 mensualidades (contratos nuevos) o 42 (antiguos).
  • Nulo · vulnera derechos fundamentales o causas específicas del art. 55.5 ET. Readmisión obligatoria + salarios de tramitación desde el despido hasta sentencia. El empresario no puede elegir indemnizar.
En la práctica: improcedente cuesta dinero, nulo cuesta dinero + obliga a volver a tener al trabajador. El nulo es siempre el peor escenario para la empresa.

¿Cuándo se declara nulo? Las 4 causas del art. 55.5 ET

El despido es automáticamente nulo en estos casos, independientemente de la causa alegada:

  • Trabajadora embarazada · desde el inicio del embarazo hasta el final del periodo de suspensión por maternidad. Aplica salvo que la empresa demuestre causa procedente totalmente ajena al embarazo (carga de la prueba inversa).
  • Trabajadores en suspensión por nacimiento, adopción, lactancia natural, violencia de género y otras situaciones del art. 45.1.d ET y la Ley 39/1999.
  • Trabajadores tras reincorporarse de los permisos anteriores, durante 9 meses después del nacimiento del menor.
  • Despido por discriminación · por sexo, edad, origen, religión, orientación sexual, discapacidad, afiliación sindical, ejercicio de derechos fundamentales.
Adicionalmente, la jurisprudencia ha extendido la nulidad a despidos durante baja IT por covid-19 (algunos casos), durante denuncia activa de acoso o ante representación legal de trabajadores. La regla general: si hay sospecha de represalia o discriminación, asume nulidad.

Cálculo de la indemnización por improcedencia

La fórmula es simple pero tiene matices que cambian decenas de miles de euros:

  • Salario diario = (salario mensual bruto × 14 pagas) / 365
  • Para contratos celebrados antes del 12-feb-2012: 45 días × salario diario × años trabajados (hasta 12-feb-2012) + 33 días × salario diario × años trabajados (después 12-feb-2012). Tope: 42 mensualidades.
  • Para contratos desde 12-feb-2012: 33 días × salario diario × años trabajados. Tope: 24 mensualidades.
  • Periodos inferiores al año se computan proporcionalmente (días o meses).
Ejemplo práctico: empleado contratado en 2010, despedido en 2026 con salario bruto 35.000€/año. Tiene 2 años bajo régimen 45 días y 14 años bajo régimen 33 días. Indemnización: 45 × (35.000/365) × 2 + 33 × (35.000/365) × 14 = 8.630€ + 44.301€ = 52.931€. Ese es el coste de un improcedente con antigüedad razonable.

Salarios de tramitación · el coste oculto del nulo

En despido nulo, además de la readmisión, la empresa debe pagar los salarios de tramitación: lo que el trabajador habría cobrado desde el despido hasta la notificación de la sentencia.

En España los procedimientos sociales tardan típicamente 4-12 meses (depende de la carga del juzgado). Eso son 4-12 mensualidades del salario completo.

Si la empresa opta por ejecutar la sentencia (cuando improcedente) en lugar de readmitir, debe pagar también esos salarios de tramitación.

Para una empresa pequeña, un despido nulo de un empleado con 4.000€/mes y proceso de 8 meses se traduce en 32.000€ de salarios de tramitación + indemnización + costas + posible repetición del despido. Total: 60.000-80.000€ por un despido mal calculado.

Plazo de 20 días hábiles · ojo al calendario

El trabajador tiene 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC (servicio de mediación). Es plazo de caducidad: si lo pasa, pierde el derecho.

  • Cuentan días hábiles (lunes a viernes excepto festivos)
  • Empieza al día siguiente del despido efectivo
  • La presentación interrumpe el plazo; si la conciliación fracasa, hay 20 días más hábiles para demanda judicial
Para la empresa: si el trabajador no presenta papeleta en plazo, el despido queda firme. Si lo hace, prepárate para conciliación obligatoria en 15 días.

Cómo prevenir desde la empresa

Lo más caro de un despido mal hecho NO es la indemnización · es el desgaste, la incertidumbre y el coste oportunidad del litigio. Buenas prácticas:

  • Documentar con audit log todas las acciones disciplinarias previas (AIM ONE lo hace automáticamente)
  • Carta de despido detallada con hechos concretos, fechas, testigos
  • Evitar despidos durante baja IT, embarazo, paternidad o tras denuncia interna · presunción de nulidad
  • Calcular indemnización aprox antes de notificar · evitar sorpresas
  • Consultar con laboralista si hay dudas sobre causa o calificación
AIM ONE no sustituye al laboralista, pero te da el audit log completo y los datos de antigüedad correctos en 2 clicks. Eso te ahorra horas de preparación cada vez que tienes que despedir.

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