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MEI · Mecanismo Equidad Intergeneracional
Cotización adicional finalista creada por la Ley 21/2021 y vigente desde 1-ene-2023, destinada exclusivamente a reforzar la "hucha" del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Aplica a todas las bases de cotización (régimen general + autónomos + funcionarios) con un tipo creciente desde 0,60% en 2023 hasta 1,20% en 2050. En 2026: 0,80% total (0,67% empresa + 0,13% trabajador).
Aplica a
¿A quién aplica?
Todos los empleadores y trabajadores en alta en cualquier régimen Seguridad Social (general, autónomos, agrario, hogar, etc.). Sin umbral. Aplica también a bases superiores a la base máxima de cotización.
Frecuencia
Cada cuánto
Mensual · liquidado vía Sistema RED + SILTRA junto con el resto de cuotas. Reflejado en nómina del trabajador como retención adicional pequeña (~0,13% de la base).
Cumplimiento
Cómo se cumple
01
2023: 0,60% total (0,50% empresa + 0,10% trabajador)
02
2024: 0,70% (0,58% + 0,12%)
03
2025: 0,80% (0,67% + 0,13%)
04
2026: 0,80% (estable año en curso)
05
Hasta 2050 según calendario Ley 21/2021 art. 4
06
Aplicable también sobre tramos superiores a la base máxima si trabajador supera tope
07
Liquidado automáticamente por SILTRA · empresa no requiere acción adicional
Sanción si no cumples
Mismas sanciones impago cuotas SS · recargo 20% importe + LISOS art. 22.3 infracción grave 626-6.250€ por trabajador afectado. AT/EP excluidos del MEI.
Dudas frecuentes
Preguntas habituales
¿Por qué se introdujo el MEI?
Para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones español frente al envejecimiento demográfico. Sustituye al "factor de sostenibilidad" derogado por Ley 21/2021. Su recaudación va EXCLUSIVAMENTE al Fondo de Reserva (no puede usarse para otros fines).
¿Es lo mismo que la subida del IPC pensiones?
No. El MEI financia el sistema · la revalorización IPC actualiza el importe de las pensiones. Ambos son cambios de la Ley 21/2021 pero distintos: MEI ingresa recursos · revalorización IPC gasta recursos.
¿Cuándo dejará de aplicarse?
Está previsto aplicarse hasta 2050 según calendario actual. Después se revisará. No tiene fecha de "finalización" como tal · es una cotización permanente con tipo creciente hasta máximo 1,20%.
¿Cómo afecta a mi nómina?
Para un trabajador con base cotización 2.500€/mes: 0,13% × 2.500€ = 3,25€/mes adicional de retención SS. La empresa paga 0,67% × 2.500€ = 16,75€/mes adicional. Total cuota patronal aumenta ese 0,67% (mínimo, pero suma con todos los trabajadores).